Frontera México–EE.UU.: Diferencias entre expulsión y deportación

El Título 42 ha llevado a la expulsión masiva de miles de solicitantes de asilo, incluidos aquellos que se encuentran en una situación desesperada. Muchas personas han sido enviadas de regreso a la persecución o se han visto obligadas a esperar en México hasta que la frontera se vuelva a abrir para quienes buscan asilo.

UniVista TV WEB/ Por Héctor Benítez Cañas

El 20 de marzo de 2020, el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) emitió un reglamento de emergencia para implementar un aspecto específico de la ley de salud de EEUU.

La idea fue emitir una orden que suspendiera la «introducción» de ciertas personas que han estado en «áreas afectadas por el coronavirus». La orden está dirigida a personas que han ingresado a Estados Unidos desde Canadá o México y «que serían introducidas en un entorno congregado» en un puerto de entrada o en una estación de la Patrulla Fronteriza.

Esto incluyó a personas que normalmente serían detenidas por CBP después de llegar a la frontera, incluidos solicitantes de asilo, niños no acompañados y personas que intentan ingresar sin inspección.

Expulsión de migrantes que llegaban a la frontera

Después de la orden de los CDC, la Patrulla Fronteriza comenzó a expulsar a
los migrantes que llegaban a la frontera. En virtud de un acuerdo alcanzado
con el gobierno mexicano, la Patrulla Fronteriza comenzó a enviar a la
mayoría de las familias y adultos solteros mexicanos, guatemaltecos, hondureños y salvadoreños a México.

A pesar de este acuerdo, ha habido una extensa documentación de personas expulsadas a México que no encajan en esta categoría, incluidos los solicitantes de asilo haitianos y venezolanos.

Aquellos que no son enviados a México son detenidos por ICE o CBP y regresan a sus países de origen sin ninguna oportunidad de solicitar asilo.

¿Qué pasó después de Biden?

Después de que Biden asumió el cargo, la administración comenzó a
permitir que algunas familias, especialmente con niños pequeños, ingresaran a Estados Unidos, a pesar del Título 42.

No obstante, es un uso discrecional y las familias no deben asumir que se les va a permitir el acceso, estando latente la posibilidad de que sean enviadas a México.

La administración Biden ha dicho que deben continuar esperando hasta que puedan restaurar la capacidad de procesamiento en la frontera.

https://www.benmelegal.org/
https://youtube.com/channel/UCuG7j4aSmu4sfuhN-W_bYzA

  • Héctor Benítez Cañas es abogado de inmigración en Miami. Su firma de
    abogados Benme Legal se dedica a la práctica exclusiva de la Ley de
    Inmigración en el trámite de visas para inversionistas, profesionales,
    deportistas, artistas, entre otros; así como a procesos de naturalización y
    defensivos ante los Tribunales de Inmigración de Estados Unidos, entre los
    que destaca el Asilo Defensivo y la Cancelación de la Remoción.
(Visited 22 times, 1 visits today)

Tambien podría estar interesado en

DEJE SU COMENTARIO

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *